José Luis Corral Lafuente, Corona de Aragón

Todos los amantes de la Historia, hemos oído hablar de José Luis Corral Lafuente, Este aragonés ilustre, nació en Daroca, Profesor de Historia y escritor. Licenciado en Filosofía y Letras, se doctoró en Historia por la Universidad de Zaragoza, en la que es profesor de historia medieval y director de Taller de Historia S.L. Como medievalista, ha centrado buena parte de su labor investigadora en la España musulmana y en la Historia de Aragón. Es también uno de los más prolíficos autores españoles de novela histórica.

Este es un resumen del propio J. L. Corral, de un texto que publico en 2010, y que conviene recuperar para clarificar ciertos mensajes que llegan desde el ultranacionalismo pancatalanista).

LA CORONA DE ARAGÓN. CONTRA LA MANIPULACIÓN DE LA HISTORIA DE ARAGÓN Y CATALUÑA.

José Luis Corral Lafuente.
LA CORONA DE ARAGÓN. CONTRA LA MANIPULACIÓN DE LA HISTORIA DE ARAGÓN Y CATALUÑA.

La Historia es una materia propicia para la manipulación. En este sentido, el caso de la historia de la Corona de Aragón es paradigmático. A mediados del siglo XIX un movimiento cultural, y político, nacido en Barcelona y denominado “la Renaixença” se empeñó en cambiar la historia a base de alterar definiciones y de imaginar símbolos y espacios que jamás existieron.
En su desvarío historiográfico, algunos eruditos de ese movimiento comenzaron a acuñar conceptos que nunca existieron como “la Corona catalana-aragonesa”, “los condes-reyes”, “los reyes-condes”, “los reyes de Cataluña”, la “Confederación catalana-aragonesa” y otras denominaciones falsas, de ese mismo estilo, que culminó con la peregrina ya histórica denominación, ya en el siglo XX, de “Els Països Catalans” para definir un inexistente territorio "histórico" común en el que se incluían los actuales Cataluña, Rosellón, Cerdaña, las comarcas orientales de Aragón, la Comunidad de Valencia y las Islas Baleares.
Proyectando ideas políticas nacionalistas del presente en el pasado, se alteró el ordinal dinástico de los reyes de Aragón, de modo que Alfonso II el Casto pasó a ser “Alfons I” y Pedro II el Católico, “Pere I de Catalunya”; y así siguen siendo denominados estos soberanos en los ficheros del Archivo de la Corona de Aragón y en las denominaciones de algunos políticos ultranacionalistas catalanes.
La llamada Corona de Aragón tuvo su origen en una unión dinástica basada en una alianza matrimonial, siguiendo el derecho medieval sucesorio navarro y aragonés y el derecho canónico. La Corona de Aragón no se llamó así desde el principio. En el siglo XII ni los reyes de Aragón ni los condes de Barcelona tenían como distinción de su rango una "corona". El primero de ellos en ser coronado fue Pedro II, y lo hizo en Roma en 1204 de manos (o mejor de pies, según una leyenda) del papa Inocencio III. Para ser rey legítimo de Aragón era necesario haber nacido de matrimonio canónico, jurar los fueros de Aragón, y luego los de los demás territorios de la Corona, y ser coronado en la catedral de La Seo de Zaragoza.
Desde 1068 los reyes de Aragón eran vasallos de la Santa Sede, y por tanto debían juramento de homenaje a los papas. Por ello, la monarquía aragonesa adoptó sus colores heráldicos, el rojo y el amarillo, copiando los de su señor feudal, el papado, pues esos eran los que usaban los pontífices en la Edad Media.
La Corona de Aragón se sostuvo en sus soberanos y en la continuidad de su linaje, y ello a pesar de que los tres primeros, Alfonso II, Pedro II y Jaime I accedieron al trono en minoría de Edad, con algunas dificultades.
Los Estados fundacionales de la llamada Corona de Aragón fueron el reino de Aragón (con la reina Petronila) y el condado de Barcelona (con el conde Ramón Berenguer IV, que también lo era además de Ausona, Cerdaña, Besalú y Gerona). Pero no de Urgel, por ejemplo. Desde 1137 se fueron sumando otros territorios; en algunos casos por incorporación pacífica, como el marquesado de Provenza o los condados de Pallars y Urgel; en otros por conquista a los musulmanes, como las tierras de Lérida, Fraga, Tortosa, Teruel, el reino de Mallorca, el de Valencia o el señorío de Albarracín; y en otros durante el proceso de expansión mediterránea, como los reinos de Sicilia, Cerdeña, Nápoles o los ducados de Atenas y Neopatria en Grecia.
Estos soberanos nunca se intitularon “reyes de la Corona de Aragón”, sino que lo hicieron con todos y cada uno de sus títulos privativos. Así, Petronila fue reina de Aragón, como heredera de Ramiro II, y condesa de Barcelona, por su matrimonio con Ramón Berenguer IV, que fue príncipe de Aragón y conde de Barcelona; Alfonso II fue rey de Aragón, conde de Barcelona y marqués de Provenza; Jaime I, rey de Aragón, rey de Valencia, rey de Mallorca, conde de Barcelona y señor de Montpellier; y Pedro IV rey de Aragón, rey de Valencia, rey de Mallorca, conde de Barcelona y duque de Atenas y Neopatria, e incluso rey de Jerusalén, entre otros títulos. Y cuando se abreviaban los títulos y sólo se colocaba uno, siempre prevalecía el más antiguo e importante en el orden protocolario: rey de Aragón.
Desde luego, los soberanos de la Corona nunca se intitularon como “reyes o condes de Cataluña”, pues aunque desde fines del siglo XII ya aparece el macrotopónimo "Cataluña", la idea de un territorio llamado Cataluña, de extensión similar a la actual Comunidad Autónoma española del mismo nombre, que englobara a la mayoría de los condados cristianos altomedievales del noreste hispano, y a las tierras de Lérida, Tarragona y Tortosa no se concretó hasta el reinado de Jaime I, ya en el siglo XIII, cuando comenzaron a definirse las fronteras políticas entre los reinos y Estados de Aragón, Cataluña y Valencia, que no quedaron perfiladas definitivamente hasta bien entrado el siglo XIV.
Dentro de la unidad dinástica de la Corona de Aragón, cada uno de los Estados que la integraron mantuvo sus instituciones políticas, su autonomía fiscal, su lengua, sus derechos, sus costumbres, sus normas cívicas, su moneda, su sistema de medidas y su cultura hasta los Decretos de Nueva Planta impuestos por la dinastía de Borbón a comienzos del siglo XVIII. La Corona de Aragón fue un ejemplo de convivencia y tolerancia que, en su propia historia, puede dejar no pocas enseñanzas a la España y a la Europa contemporáneas.
Lamentablemente, ultranacionalistas indocumentados o tergiversadores están empeñados en falsificar esta historia.

Conescuda cosa sea a todos los qui son et son por venir

XVIII.
Perg. n. 445. Jaime I. 2 feb. 1231.

In Dei nomine. Conescuda cosa sea a todos los qui son et son por venir que io don Jacme per la gracia de Dios rey de Aragon desafillo ad todo omne et afillo a vos don Sancho rey de Navarra de todos mios regnos et de mias terras et de todos mios sennorios que ovi ni e ni debo aver et de castiellos et de villas et de todos mios sennorios: et si por aventura deviniesse de mi rey de Aragon antes que de vos rey de Navarra vos rey de Navarra que herededes todo lo mio asi como desuso es scripto sines contradizimiento ni contraria de nul omne del mundo. Et por mayor firmeza de est feito et de esta avinencia quiero et mando que todos mios ricos omes et mios vasallos et mios pueblos juren a vos sennoria rey de Navarra que vos atiendan lealment como scripto es desuso et si non lo fiziessen que fincassen por traidores et que nos pudiesen salvar en ningun logar. Et yo rey de Aragon vos prometo et vos convengo lealment que vos faga atender et vos atienda luego asi como dessuso es scripto et si non lo fiziesse que fosse traidor por ello. Et si per aventura enbargo yo ave ninguno de part de Roma o oviere io rey de Aragon so tenudo por conveniencia por defferlo ad todo mio poder: et si nul omne del sieglo vos quisiesse fer mal por est pleito ni por est paramiento que io et vos femos que io que vos aiude lealment contra todo omne del mundo. Adunde mas que nos aiudemos contra al rey de Castiella todavia por fe sines enganno. Et io don Sancho rey de Navarra por la gracia de Dios por estas palabras et por estas conveniencias desafillo a todo omne et afillo a vos don Jacme rey de Aragon de todo el regno de Navarra et de aquello qui al regno de Navarra pertanne et quiero et mando que todos mios ricos omes et mios conçellos que juren a vos sennoria que vos atiendan esto con Navarra et con los castiellos et con las villas si por aventura deviniesse antes de mi que de vos et si non lo fiziessen que fossen traidores asi como scripto es desuso. Et ambos ensemble femos paramiento et conveniencia que si por aventura io en mia terra camiasse ricos omens o alcaydes o otros quales quisier en mios castiellos aquellos a qui io los diere castiellos o castiello quiero et mando que aquel que los receba por mi que vienga a vos et vos faga homenage que vos atienda esto asi como sobre scripto es. Et vos rey de Aragon que lo fagades complir a mi de esta gisa misma et por estas palabras en vestra terra: et vos rey de Aragon atendiendome esto io don Sancho rey de Navarra por la gracia de Dios vos prometo a buena fe que vos atienda esto asi como scripto est en esta carta et si non lo fiziesse que fosse traidor por ello vos rey de Aragon atendiendome esto asi como sobre scripto es en esta carta. Et sepan todos aquellos qui esta carta veran que io don Jacme por la gracia de Dios rey de Aragon e io don Sancho por la gracia de Dios rey de Navarra amigamos entre nos por fe sines enganno et faziemos homenage el uno al otro de boca et de manos et juramos sobre quatro evangelios que asi lo atendamos. Et son testimonios de este feito et de est paramiento que fizieron el rey de Aragon et el rey de Navarra et del afillamiento asi como scripto es en estas cartas don Ato Fozes maiordomo del rey de Aragon et don Rodrigo Liçana et don Guillem de Moncada et don Blasquo Maça et don Pedro Sanç notario et repostero del rey de Aragon et fraire Andreu abbat de Oliva et Exemeno Oliver monge el Pedro Sancheç de Bariellas et Pedro Exemeneç de Valera et Açnar de Vilava et don Martin do Miraglo et don Guillem justiçia de Tudela et don Arnalt alcaide de Sanguessa et io Domingo scribano del rey de Navarra qui las cartas screvi. Facta carta domingo segundo dia de febrero en la fiesta de Sancta Maria Candelera in era MCCLXVIIII en el castiello de Tudela. - Et io Domingo scrivano por mandamiento del rey de Aragon et del rey de Navarra estas cartas screvi et est signo con mia mano i fiz +.


Capítulo III. Contiene el tratado formal del auto de concordia y adopción que los dos Reyes de Aragón y Navarra se hicieron el uno al otro.

Conocida cosa sea ad todos los que son, & son por venir, que yo don Iayme por la gracia de Dios Rey de Aragón, desaffillo ad todo ome, & affillo a vos don Sancho Rey de Navarra de todos mios regnos, & de mias tierras, & de todos mios señoríos que 
oue ni he ni deuo auer, & de castiellos & de villas & de todos mis señorías. Et si por auentura deuiniesse de mi Rey de Aragó, antes q d vos Rey de Navarra, vos Rey d Navarra que herededes todo lo mio, assi como de suso es escrito, sines contradezimiento (cótradezimiéto), ni contraria (cótraria) d nulhome del mundo. Et por mayor firmeza de est feyto, & de esta auinença, quiero & mando (mádo) que todos mios ricos homes, & mios vassallos, & mios pueblos juren a vos señoría Rey de Navarra, que vos atiendan lealmente (lealmét), como escrito es de suso. Et si no lo fiziessen, que fincassen por traydores, & que nos pudiessen saluar en ningún logar. Et yo el Rey de Aragon vos prometo, & vos conuiengo lealmét, que vos faga aentender, & vos atienda luego, assi como de suso es escrito: & si non (nó) lo fiziesse, que fosse traydor por ello. Et si por auétura embargo y aue nenguno de part de Roma, o houiere, yo Rey de Aragon so tenudo por conueniença por desferlo ad todo mio poder. Et si nul home dl sieglo vos quisiesse fer mal por est pleyto, ni por est paramiento que yo è vos femos, que yo vos ayude lealment contra todo home del mundo. Adonde mas que nos ayudemos cótra el Rey de Castiella toda via por fe sines engaño.
Et yo dó Sancho Rey de Navarra por la gracia de Dios, por estas palabras, & por estas conueniéças desafillo ad todo home, & afillo a vos don Iayme Rey de Aragon de todo el Regno d Navarra, & de aquello qui el reyno de Navarra pertañe: & quiero & mádo que todos mios ricos homes & mios Concellos juren a vos señoría, que vos atiendan esto con Navarra, & có los castiellos, & con las villas si por auentura deuéiesse antes de mi que de vos. Et si no lo fiziessen que fossen traydores, assi como escrito es de suso. Et ambos ensemble femos paramiéto & conueniençia, que si por auétura yo en mía tierra camiasse ricos homes, o Alcaydes, o otros qualesquiere en mios castiellos, aquellos aqui yo los diere castiellos, o castiello, quiero & mádo que a qll qui los reciba por mi que viéga a vos, & vos faga homenage. Que vos atiéda esto assi como sobre escrito es. Et vos Rey de Aragon, que lo fagades cúplir a mi desta misma guisa, & por estas palabras en vuestra tierra. Et vos Rey de Aragó atendiendo me esto, yo don Sancho de Navarra por la gracia de Dios, vos pmeto a buena fe que vos atienda esto assi como escrito es é esta carta. Et si no lo fiziesse que fosse traydor por ello, vos Rey de Aragó atédiédome esto assi como sobre escrito es en esta carta. Et sepá todos aqllos qui esta carta verá, que yo dó Iayme por la gracia de Dios Rey de Aragó: Et yo dó Sancho por la gracia de Dios Rey de Navarra, amigamos entre nos por fe sines engaño & fiziemos homenage el vno al otro d boca & de manos, & juramos sobre quatro Euangelios que assi lo atendamos, Et son testimonios de est feyto, & de est paramiento que fizieró el Rey de Aragon, & el Rey de Navarra, & del Affillamiento assi como escrito es en estas cartas, don Atho de Foces mayordomo dl Rey de Aragó, & don Rodrigo d Liçana, & don Guillen de Moncada, & don Blasco Maça, & don Pedro Sanz notario & repostero del Rey de Aragon. Et don Pedro Perez justicia de Aragon, & frayre Andreu Abad de Oliua, & Eximeno Oliuer móge, & Pedro Sáches d Variellas, & Pedro Exemenez de Valtierra, & Aznar d Vilana, & dó Martin de Miraglo, & don Guillé justicia de Tudela, & don Arnalt Alcalde de Ságuessa. Facta carta domingo segúdo día de Febrero en la fiesta de santa Maria Cádelera, in Era Millesima ducétissima sexagessima nona en el castillo de Tudela. Que fue año d la natiuidad del Señor M.CCXXXI.

Puesto que en este instrumento de la adopción, ninguna mención se hace del infante don Alonso, como el Rey lo affirma, por ventura de consentimiento de ambas partes.

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